Etiquetado: receta médica

Demasiados cocineros aruinan el puchero

Dedicado a Doña Florencia

portadaEn el blog de un médico general australiano se publicó hace poco una entrada donde el autor reivindicaba, las tareas de un médico de familia (MF), frente a la creciente automatización que emergía en los sistemas sanitarios. Su argumento se resumía en una frase: En mi trabajo, nunca se trata solo de una receta o una derivación. Daba como muestra la detección oportunista y la prevención como elementos clave que hacen efectiva la práctica general. En el terreno del tratamiento con medicamentos, la prevención se ha plasmado en conceptos tales como la deprescripción, la prescripción prudente o la conciliación de la medicación que no son otra cosa que una reacción a un fenómeno que los MF conocemos bien: la polimedicación.

Sigue en editorial de Revista Medicos de Familia

Medicina basada en la normativa

La práctica de los médicos de atención primaria en la Comunidad de Madrid (y en otras comunidades) conserva desde hace años unas peculiaridades, que si no fueran por su importancia, serian hasta graciosas. La más importante es la “obligatoriedad” sancionada por el tiempo de realizar determinadas actividades que por otro lado chocan frontalmente con lo establecido por las leyes o normativas vigentes. Se da así una cruel paradoja: si se cumple la ley se obstaculiza el trabajo diario y se perjudica al paciente, si no se cumple uno está expuesto a la sanción arbitraria de funcionarios trasmutados en guardianes de las esencias.

No pasa nada, hasta que pasa, y ahora ha pasado. Una compañera del Centro de Salud Ghandi de Madrid ha sido sancionada por hacer la receta de un medicamento que constaba en el informe de un paciente y que luego resultó ser una falsificación. Sus compañeros han redactado un escrito de protesta y del que entresacamos estos párrafos:

 Los médicos de Atención Primaria ( A.P.), tanto Pediatras como Médicos de Familia tienen, entre sus muchas funciones, la de conciliar y coordinar todos los tratamientos e intervenciones terapéuticas del paciente dentro de su contexto biopsicosocial y para ello deben tener la formación y la información que permita tomar todas las decisiones con criterios de eficiencia y seguridad.

   Históricamente estas funciones han ido llevando a la asunción de actividades meramente administrativas pero con una carga de responsabilidad alta, siendo las más habituales, la continuidad de tratamientos mediante la prescripción en receta médica oficial así como la certificación de las Incapacidades Temporales ( ITs) aunque no tuviésemos  información suficiente para que dichos actos estuviesen considerados como  una práctica clínica correcta o un comportamiento aceptable desde el punto de vista deontológico.

   Los médicos del C.S. Gandhi hemos conocido recientemente que algunos compañeros han sido sancionados con suspensión de empleo y sueldo por irregularidades en aspectos relacionados con la prescripción de medicamentos y con la Incapacidad Transitoria. Los errores cometidos no se han debido a la mala fe sino más bien a una aplicación equivocada de las normas vigentes y en aras de evitar molestias innecesarias a los usuarios. En las mismas circunstancias muchos de nosotros podríamos haber sido sancionados por los mismos errores.

y con esta declaración de intenciones que es difícil no asumir por todos los médico

Basándonos en lo anteriormente expuesto

      Dado que la normativa es clara.

      Dado que en caso de no cumplirse esa normativa, existe un régimen sancionador.

      Dado que se están llevando a la práctica las sanciones por el incumplimiento de la norma.

    Y dado que, a la postre, cualquier facultativo tiene la capacidad para decidir, y la autoridad para confirmar con su firma lo que está en condiciones de refrendar o no

      Los médicos del Centro de Salud Gandhi:

  • 1- No asumirán tratamientos de otros niveles asistenciales u otros facultativos mientras estos no vengan acompañados del correspondiente informe clínico según los requisitos del Real Decreto 1718/ 2010 y con la primera receta en formato oficial realizada tal como dice      la Resolución 417/ 08 de 1 de septiembre.
  • 2- No asumirán, en general, el tratamiento a ningún paciente mientras esté en tratamientos externos al Centro y no se tenga constancia del mismo e información clínica  completa del mismo.
  • 3- No realizarán recetas de informes de los Servicios de Urgencias (hospitalarios y extrahospitalarios) si el paciente no ha recibido la preceptiva medicación en dichos Servicios para los días que medien entre la atención en urgencias y en nuestra consulta y siempre reservándose su propio criterio profesional.
  • 4- Dado que determinados tratamientos deben ser visados por Inspección Médica, eso da a entender que hay una falta de competencia del médico de AP para asumir el conjunto del tratamiento de un paciente, por tanto , en este caso como en los casos ya referidos más arriba, el médico se reserva la opción de declararse no competente para asumir el seguimiento global de un paciente con tratamientos muy especializados, específicos o no debidamente informados.
  • 5- Ningún médico puede ser obligado a refrendar con su firma una IT con fecha anterior al de la consulta.
  • 6- Ningún médico puede ser obligado a refrendar con su firma un proceso clínico que no haya sido seguido por él y del que no disponga información clínica suficiente ( prescripciones, certificaciones, ITs, etc. )

      Por último, como facultativos, nos reservamos nuestro criterio profesional para asumir cualquier acto así como para rechazar su asunción si no tenemos competencia, información o cualquier otra duda sobre la eficacia, seguridad para el usuario o legalidad.

 

            Estamos seguros de que el correcto cumplimiento por parte de todos de las normas

       vigentes ayudará a racionalizar la atención, lo que  sin duda redundará en una mayor

       seguridad tanto para el paciente como para el profesional implicado en su atención.

Tiempo de antibióticos …. sin receta

Hace cinco años autores españoles publicaron un estudio realizado durante el año 2008, en el que se describía como dos actores –mistery shopper- acudieron a una muestra aleatoria de farmacias pidiendo a un antibiótico bajo tres supuestos clínicos simulados: una infección urinaria, dolor de garganta y un caso de bronquitis aguda.

Se visitaron casi doscientas farmacias y se obtuvieron faram2antibióticos en cerca del ochenta por ciento cuando lo que se simulaba era una infección del tracto urinario, el 35% cuando era un dolor de garganta, y el 17 % cuando la bronquitis aguda era el cuadro que se aparentaba. Más tarde publicaron una ampliación del estudio donde examinaban la relación entre el tamaño de la farmacia y la probabilidad de obtener antibióticos sin receta.  Se confirmó la hipótesis inicial que suponía que las farmacias pequeñas venden más antibióticos sin receta, que las farmacias grandes.

Despues de cinco años estos mismo autores, conocidos médicos de familia, junto a farmacólogos no menos prestigiosos, han publicado una carta al director en la revista Journal of Antimicrobial Chemotherapy– en repuesta y ampliación a un estudio previo publicado en la revista- en la que replican el estudio realizado seis años antes.

Para su sorpresa los resultados eran aún peores que los previos.

El mistery shopper (persona debidamente entrenada que aparecía en la farmacia relatando el caso clínico correspondiente y solicitaba un antibiótico)  lo obtenía sin receta en el 81% ciento de los casos, cuando lo que se simulaba era una infección del tracto urinario, el 47 en el caso de un dolor de garganta, y el 33 % cuando la bronquitis aguda era el cuadro que se simulaba

En fin que parece que las cosas no cambian y si lo hacen es para mal, lo cual no es muy halagador para nuestra “cultura sanitaria” y habla bastante mal de elmejorsitemsanitariodelmundo, todo ello sin  tener en cuenta el fracaso de los programas destinados a lograr un uso más prudente de los antibióticos, el aumento de las resistencias bacterianas y el despilfarro económico que supone este mal uso.

Caso Aracena (Huelva)

Cuando la ignominia y la prepotencia se hacen ley

electronica, calidad y Doña Florencia

Tomado del Blog Dame mucha paciencia por Salva Cuesta

Doña Florencia tiene 82 años y es una de mis pacientes. Desde que enviudó, hace ya 5 años, han ido en aumento sus achaques.
Pude conocer (porque tenemos un nuevo objetivo de conciliación de la medicación en el acuerdo de gestión) que en sus idas y venidas al hospital le habían prescrito lexatin 1,5 mg porque la encontraron ansiosa. Yo sabía, porque conozco a doña Florencia desde hace tiempo, que a veces se pone triste y nerviosa porque vive sola con su gata y sus hijos no la visitan o la llaman con la frecuencia que ella querría.
Pero lo bueno… es que no vino a por la receta… ya que le habían prescrito el lexatin  para una temporada por receta electrónica. ¡Que tranquilidad!
También sabía que en las revisiones que hacía con el traumatólogo, le habían prescrito condrosan xicil con una posología que a mi me parecía que rallaba en lo esotérico y que para el dolor le habían recomendado zaldiarenantyum y celebrex. Todo con sus nombres de fantasía. ¡Ah, y nexium mups por supuesto, para «protegerle el estómago…»!
eprescribing-is-complexLo estupendo es que también se lo prescribieron en la receta electrónica para un año.
Cuando el cardiólogo revisó a doña Florencia de su fibrilación auricular crónica,  la encontró «muy bien» ( bueno, eso me lo dijo doña Florencia porque el cardiólogo no me suele enviar nada por escrito). Pero le habían cambiado el sintrom por el pradaxa.
El cardiólogo le había hecho el visado y le había prescrito el medicamento en receta electrónica por un año. Es fantástico. Tampoco tendré que hacerle las recetas a doña Florencia.
 Ya nos habían anunciado en las reuniones de médicos que a partir de ahora los especialistas podrían hacer recetas de largo tratamiento mediante la receta electrónica y que (por supuesto) se iba reivindicar desde Atención Primaria que se hiciera extensivo a todos (ja) TODOS los especialistas. Así, cada médico sería responsable de lo que prescribe. Todavía recuerdo la cara de satisfacción de todos nosotros y los comentarios aprobatorios: – ya no tendremos que hacer más recetas que «no nos corresponden»- por fin se acabó la prescripción INDUCIDA– se habrá creído el «especialisto» de turno que yo soy su secretario…
Por fin se había encontrado la solución al eterno conflicto entre «compañeros de distinto nivel asistencial»…
¿Conflicto entre COMPAÑEROS?
¿La prescripción inducida es UN CONFLICTO ENTRE COMPAÑEROS?
¿ALGUIEN pensó en doña Florencia ?
¿No era doña Florencia el «centro del sistema»?
¿No era el médico de familia el «agente de salud» ?

Lo estupendo es que aunque doña Florencia esté jodidamente polimedicada, la imputación del gasto NO es a mí… y además mi «Indice Sintético de Calidad de la Prescripción» está PERFECTO.
Ni un solo «pero» en MIS criterios de Beers. Ni un solo «pero» en MIS criterios STOPP-START. Ni una mancha en MI Gasto PVP/TAFE.
Doña Florencia debería estar contenta conmigo.

epistolario septembrino

Gestión Farmaceutica Consejería de Sanidad
Asunto: Fármacos excluidos de la prestación farmacéutica
Estimados profesionales:

El pasado 17 de agosto la dirección General de Cartera de Servicios y Farmacia del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad,  emitió una Resolución por la que una serie de fármacos eran excluidos de la prestación farmacéutica. A fin de hacer efectiva dicha Resolución se modificó la Base de Datos de Medicamentos de la Comunidad de Madrid, dando de baja los medicamentos excluidos y se dicto una Resolución por parte de esta Dirección General con los criterios para la prescripción y dispensación de los medicamentos exceptuados para determinadas indicaciones.

Esto nos ha permitido que las nuevas prescripciones se adecuen a lo establecido en la norma. Sin embargo se hacía necesario revisar las prescripciones previamente establecidas, de forma que supusiera el mínimo impacto asistencial. Para ello se han realizado varias propuestas a la Comisión Científico Técnica del Servicio Madrileño de Salud y se han establecido una serie de actuaciones a realizar que son las siguientes:

1.- Realizar un cambio centralizado de estas prescripciones pasándolas de “vigentes” a “no vigentes” de forma que no deba realizarse de forma individual para cada paciente. Esta acción se ejecutará el jueves por la noche por lo que, a partir del viernes se visualizará en los Centros (dada la envergadura de la intervención es posible que tarde más de una jornada en actualizarse).

2.- A partir de esta actualización estará disponible en Farmaweb, y para cada CIAS, la relación de pacientes en los que había sido prescrito un medicamento afectado por la Resolución del Ministerio. Se podrá acceder a estos listados a través de la intranet Salud@, pestaña farmacia, apartado Farmaweb con vuestro usuario y contraseña habituales para internet. En ese mismo apartado dispondréis de un Manual que resume las actuaciones realizadas en el módulo de prescripción.

3.- Se incluirá en AP Madrid un Flash que se active cuando se abra la Historia Clínica de los pacientes en los que se han realizado modificaciones de forma que se advierta al médico que el paciente tiene prescrito un fármaco afectado por la resolución.

Toda la información relacionada con esta Resolución de la Dirección General de Cartera de Servicios y Farmacia la tenéis disponible en la pestaña de Farmacia de la intranet.

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De: Dr Coco Chomin. Centro de salud Barrio Sesamo

Para: D.G. Gest. Economica y Compras de Productos Farmaceuticos

Asunto: Receta de farmacos excluidos

Estimado Sres.

Sirva esta para mostrarles mi agradecimiento por la tarea realizada. Como probablemente no sean conscientes del bien que han hecho, les paso a resumir la nueva situación creada tras su inteligente decisión.

Realizar un cambio centralizado de las prescripciones de fármacos actualmente no financiados pasándolas de “vigentes” a “no vigentes” supone que no se sepa fácilmente que medicamento estaba tomando cada paciente. Si, ya se que cada vez que necesite saberlo, puedo recurrir a  ver los no vigentes (no siempre) o ir a Farmaweb, donde se puede ver la relación de pacientes en los que había sido prescrito un medicamento determinado. Se pierde algo de tiempo pero es muy entretenido.

No sé si Uds lo saben, pero estos medicamentos aunque no sean financiados seguirán siendo utilizados. Aunque no se lo crean, a pesar de no estar financiados, necesitan receta médica. Gracias a Uds. uniremos a la deliciosa pérdida de tiempo de buscar el medicamento,  otra no menos deliciosa energía intentando buscar y recetar los medicamentos que el paciente usaba y que Uds. de un plumazo y sin ningún tipo de permiso han eliminado.

Por ultimo también muchas gracias por tomarse la molestia de inundarnos de flashes informativos que no aportan nada y nos retrasan la consulta. Ya sabemos que esta tarea tediosa, es por el bien de nuestros delicados dedos, la cantidad ingente de clicks de ratón que hay que efectuar seguramente los hará mas fuertes.

Sin nada más que decir, por ahora, y reiterándoles una vez más nuestro profundo agradecimiento

Por la confusion del turco

Dr.Coco Chomin

Alguien duda que el maligno se ubica en la Conserjería

La  Resolución de 2 de agosto de 2012, por la que se procede a la actualización de la lista de medicamentos que quedan excluidos de la prestación farmacéutica en el SNS contemplaba la exclusión de la financiación de 417 medicamentos a partir del 1 de septiembre, pero a la vez establecía una excepción para 97 de ellos (punto 3 del Anexo de la Resolución) que permanecen financiados con cargo al SNS exclusivamente para las indicaciones que se establecen en cada caso.

Ante la posibilidad de que llegaran a la farmacia recetas de medicamentos excluidos, pero que estén financiados por algunas de las excepciones contempladas, el  Colegio de Farmacéuticos de Madrid, con buen criterio, pidió instrucciones a los diferentes organismos e instituciones relacionadas con la asistencia sanitaria y prescripción en la Comunidad de Madrid.

Tras solicitar por escrito a la Consejería de Sanidad ,MUFACE, MUGEJU e  ISFAS instrucciones para la dispensación de las recetas en las que se prescriban estos medicamentos, las respuestas fueron las siguientes:

«En el caso de MUFACE, para los medicamentos que siguen estando financiados exclusivamente para indicaciones concretas, a partir del 1 de septiembre, en función de lo establecido en el punto 3 del Anexo de la Resolución de 2 de agosto de 2012, por la que se procede a la actualización de la lista de medicamentos que quedan excluidos, la determinación de su prescripción para que pueda ser financiada queda bajo la responsabilidad del facultativo prescriptor, con independencia de que, en un futuro, se establezcan en el ámbito de MUFACE otras medidas de control necesario para asegurar el adecuado cumplimiento de lo establecido »

«El criterio de la Mutualidad General Judicial, es que si un médico concertado ha prescrito alguno de estos medicamentos de los subgrupos que se recogen en el apartado 3 del anexo de la Resolución de 2 de agosto de 2012, de la Dirección General de Cartera Básica de Servicios del Sistema Nacional de Salud y Farmacia, se entiende que se encuentra dentro de las indicaciones que son financiables por el SNS.

«En respuesta a su consulta sobre el procedimiento para la dispensación de las excepciones en medicamentos desfinanciados por Resolución de 2 de agosto, le informo que en tanto el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad no establezca el uso de visado para su dispensación en el ámbito del Sistema Nacional de Salud, no vamos a adoptar medidas especiales en la dispensación y facturación de la receta con cargo al ISFAS, manteniéndose el mismo criterio que para el resto de los medicamentos con cupón precinto diferenciado y símbolo I en la parte superior derecha, por lo que, de momento, sólo será necesario la presentación de la receta oficial debidamente cumplimentada en sus datos por el médico que realiza la indicación, sin más requisitos».

Madrid Innova(2)

Como ya informamos, dentro de la atmósfera de  innovación, creatividad y espíritu emprendedor que caracteriza al gobierno de la Comunidad de Madrid y en especial a su Consejería de Sanidad se ha presentado en primicia mundial «el sistema»: una simple tarjeta de cartulina en la que el farmacéutico irá apuntando a mano los importes que vayan pagando los pacientes. Esta innovación puntera y pionera se enmarca en las soluciones imaginativas que la Consejeria ha implementado para dar solución al problema originado por el El Real Decreto Ley 16/2012, de 20 de abril, que establece que los pensionistas aportan un 10% del coste del medicamento, con un tope máximo.

Azofaifa De Mendo de la  Dirección General de Desinformación Sanitaria ha presentado definitivamente las nuevas herramientas  tecnológicas de gestión: la cartulina mensual (documento de dispensación) y un sello de caucho (tope de aportación).

Ademas, comentó, hemos elegido un papel satinado no poroso; sobre este tipo de papel, la tinta del boli y del sello se extiende y difumina fácilmente,  logramos conseguir así un importante «efecto guarreo « de forma rápida y eficaz.

Ese efecto y parte del sistema se ha validado por el nuevo Silicon Valley de la innovación tecnológica de Madrid y por nuestra Unidad de Innovación preferida , apuntó Azofaifa.

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Comunidad de Madrid

Madrid Innova

Madrid 18 de Agosto de 2012.- Dentro de la atmósfera de  innovación, creatividad y espíritu emprendedor que caracteriza al gobierno de la Comunidad de Madrid y en especial a su Consejería de Sanidad se ha presentado en primicia mundial «el sistema»: una simple tarjeta de cartulina en la que el farmacéutico irá apuntando a mano los importes que vayan pagando los pacientes.

Esta innovación puntera y pionera se enmarca en las soluciones imaginativas que la Consejeria ha implementado para dar solución al problema originado por el El Real Decreto Ley 16/2012, de 20 de abril, que establece que los pensionistas aportan un 10% del coste del medicamento hasta llegar a un tope máximo, a partir del cual no pagan por los medicamentos que reciban.Este tope es de 8 euros al mes cuando se tengan ingresos anuales inferiores a 18.000. En rentas superiores a los antedichos 18.000 euros, el tope de gasto varia de  los 18 a los 60 euros.

El exceso de gasto les debe ser reintegrado a los pensionistas, aunque el Decreto-Ley no determina como, por eso la Comunidad  que no quiere que los pensionistas tarden mucho tiempo en recuperar su dinero ha ideado este magnifico plan  que permite que los pensionistas no  tengan que esperar para cobrar lo que han pagado de más.

La viceconsejera ha explicado que los ciudadanos deben pasar por los centros de salud…..…. a recoger un documentito, la estrella de este sistema que es lo que Sanidad denomina  “documento de dispensación” o «la tarjeta«.

Los pacientes podrán obtener el documento de dispensación (ver foto) en el centro de salud. En el momento de la entrega, el profesional del centro cumplimentará (a mano) el documento, incluyendo los datos del paciente, el código de aportación y el mes de validez.

Esta tarjeta es intransferible y propiedad del paciente. En la farmacia el farmacéutico irá rellenando los campos cada vez que el paciente retire su medicación con el precio de tratamiento y la aportación del pensionista hasta que llegue a su tope máximo (8, 18 o 60 euros según sus ingresos) y a partir de ahí, el tratamiento se le facilitará sin coste alguno.

La tarjeta que ha sido pilotada en la Unidad de Innovación del Hospital Conocido  y presentada dentro de los encuentros internacionales sobre «nuevas soluciones para viejos problemas», es una «simple» cartulina; «esa es su fuerza» afirmó el consejero, y no llevara incorporado de momento ningún tipo de banda magnética, microchip, u otras zarandajas informáticas que permitan el tratamiento automatizado.

Esta innovación puntera y pionera  tiene un «coste mínimo» para la Comunidad de Madrid,  ya que se van a imprimir en el servicio de reprografía de la Consejería de Sanidad. El consejero ha indicado también que su departamento está recibiendo «bastantes llamadas» de otras Comunidades autónomas interesándose por este sistema, por lo que no ha descartado que se implante en otras regiones españolas.

La Viceconsejera ha precisado que esta innovacion revolucionaria se une a otras tecnologías punteras heredadas del antiguo Insalud remasterizado por el SERMAS, como el sello de caucho.»Estamos muy contentos y esperanzados» afirmó, de poder brindar a nuestros profesionales de herramientas de este tipo para que presten una mejor atención a los pacientes y pensionistas  que deberán renovar cada mes la tarjeta, hasta la puesta en marcha del sistema definitivo.

 Más información:

Nueva tarjeta para pensionistas que permite no tener que pagar por adelantado ver video si sale, o en su caso descargarlo

¡Madrid Emprende!

Madrid.org pues eso que muy org

Los pensionistas tendrán un documento

Los pensionistas tendrán una tarjeta para no adelantar el coste de los medicamentos

Los pensionistas de Madrid tendrán una tarjeta para no adelantar….