Etiquetado: Incapacidad temporal

Information from Your Family Doctor

Leyendo la sección de información a pacientes de una conocida revista americana hemos recordado una información que (desgraciadamente) se debe dar en nuestro país, antes incluso que la relacionada con la propia enfermedad. Esta relacionada con el trabajo y como afecta a la actividad laboral contraer enfermedades leves, pero que le dejan a uno incapacitado, por un breve periodo de tiempo y muy propias de estas fechas invernales.

Si Ud. esta enfermo y no puede ir a trabajar durante unos días, puede necesitar:

  1. Nada más que el tratamiento, incluso no tendrá que ir al medico porque de sobra sabe como tratarlo. Enhorabuena, probablemente sea Ud. autónomo o trabaje en una empresa o en un pais, donde se fíen de Ud. y no necesite ningún documento que acredite su estado de enfermedad. Si es así , aproveche y agradezca la  confianza y no se empeñe el llevar el papelito «por si acaso».
  2. Un justificante de asistencia en sus diversas tipologías ( solo asistencia a consulta, con necesidad de reposo, reposo cuantificado en días, con hora de salida, con hora de entrada y salida, etc.). Este es «necesario» cuando la baja es igual o inferior a tres días, y por tanto la empresa no «necesita», o  no le requiere, la incapacidad temporal (IT). A la empresa le da igual desde el punto de vista económico; al fin y al cabo no le va pagar esos días (a excepción de lo contrario, vía convenio). Debería saber, que a pesar de estar muy extendido, el medico no tiene obligación legal de hacer ningún justificante y en muchos sitios como hospitales y centros de salud (libre de lobbies administrativos) no se hacen en la consulta, sino en áreas especificas o incluso lo puede dar una «maquinita».
  3.  Necesita la tramitación de incapacidad temporal. Esta se inicia por enfermedad común o accidente no laboral desde el 4º día de la baja, si bien una oscura interpretación de la norma hace que a veces las empresas puedan reclamar esta situación y sus correspondientes «papelitos» desde el primer día.
  4. Un estrafalario documento que indique que esta lo suficientemente malo para faltar a trabajar, pero no para estar de baja, siempre con el limite temporal de los tres días. Lo explicamos: Ud es funcionario o asimilado, con motivo de la crisis se han modificado la prestación económica en la situación de incapacidad temporal de tal forma, que ahora si se le descuenta dinero si Ud. falta a trabajar. Para compensar este problema ( común por cierto a las trabajadores del régimen general) no se sabe muy bien quien, se ha sacado de la manga un supuesto algo Kafkiano de «enfermedad o accidente que no den lugar a incapacidad temporal« *. Para estos casos, bastaría la presentación de un documento acreditativo en el que el facultativo refleje el tiempo que considere que la persona estará incapacitada para desempeñar su trabajo. El problema es que el facultativo NO tiene ninguna obligación de hacerlo y puede negarse a ello. La amenaza de los servicios de personal de aplicar los descuentos establecidos, como si se estuviera en situación de IT si no se presenta este documento, son fútiles.Si los de personal no cuentan con el documento de IT, solo le podrían acusar de faltar al trabajo si justificación, hecho que tampoco es cierto y puede demostrar  aportando el justificante estándar. Su médico de familia se lo va hacer en cualquier caso, una malentendida solidaridad  de clase funcionarial, un peor entendido sentimiento de buenismo hacia el paciente y estar acostumbrado a doblar la cerviz, hace que los médicos de familia pasen por cualquier cosa. No deberían, eliminar la burocracia inútil y que el medico trabajara para Ud. y no para la empresa y administración, redundaría en su beneficio, aunque tuvieran que reivindicarse medidas drásticas e incomodas inicialmente.

Como se dice literalmente: Las ausencias debidas a enfermedad o accidente que no den lugar a incapacidad temporal no serán causa de descuento en nómina, con el límite de cuatro días de ausencias a lo largo del año natural, de las cuales sólo tres podrán tener lugar en días consecutivos. Los denominados Catarrosos (de Catarro y Moscosos)

PD: Como no soy experto (ni lo quiero ser) en estas  lides de la IT puede que esta entrada contenga alguna inexactitud. Encantado que alguien nos corrija.

Seguimos en las mismas

esclaEn su momento ya avisamos que a pesar de la memez cotidiana de nuestros representantes sanitarios, afortunadamente había  gente crítica e inteligente, que nos avisaban de los más que virtuales peligros de la prevista regulación de la gestión y el control de la Incapacidad Temporal (IT).  La gente de la Federación de Asociaciones de Inspección de Servicios Sanitarios (FAISS), nos vuelve a poner en alertas y ha emitido un comunicado que resumimos a continuación:

El pasado 28 febrero de 2013 la Federación de Asociaciones de Inspección de Servicios Sanitarios (FAISS) emitió unos duros Comunicado e Informe sobre la existencia de un avanzado proyecto de Real Decreto (RD) destinado a regular determinados aspectos de la gestión y el control de la Incapacidad Temporal (IT).

Recientemente, hemos tenido conocimiento de un nuevo borrador de dicho proyecto de RD, fechado el 17/07/2013, que destaca por restablecer el papel de la Inspección de Servicios Sanitarios (ISS) del Sistema Nacional de Salud (SNS), que había sido casi ignorada en su redacción inicial (21/01/2013).

Sin duda, ésto nos congratula, pero nuestra oposición no era sólo una razonable defensa de las propias competencias y funciones profesionales, sino del conjunto del SNS, del papel de sus facultativos y de los derechos de los pacientes y trabajadores. Por ello, creemos que siguen vigentes la mayoría de los argumentos de nuestra previa crítica general del proyecto, sobre todo respecto de la merma de derechos y garantías para el trabajador, así como del prejuicio de incompetencia hacia el MAP (Médico de Familia o de Atención Primaria). El nuevo procedimiento propuesto no sólo no reduce la burocratización, sino que la potencia, especialmente para el MAP. Además, se generaliza una presunción de fraude por parte de los trabajadores, a los que se imputa la carga de la prueba de que siguen enfermos, dándose por la Mutua a la Inspección un plazo de 5 días para contestar a las «Propuestas de Alta», con lo que al 6.º día se aplica un «silencio administrativo positivo» y se considera de alta al paciente.

Creemos que esta interpretación del silencio administrativo es perversa y consideramos que para una denegación de derechos a los ciudadanos (alta y extinción del subsidio) debería exigirse un pronunciamiento expreso y no presunto. Sin duda, será fuente de conflictos e inseguridad jurídica, tanto para el SNS como para los pacientes, en un recorte de derechos sin precedentes.

Por ello, por nuestra responsabilidad como organización profesional y científica, el expreso conocimiento del sistema y por constituir una buen parte de nuestra labor cotidiana como garantes de las prestaciones del mismo, continuaremos colaborando con las asociaciones de profesionales de Atención Primaria y con los principales sindicatos para mejorar la gestión y el control de la Incapacidad Temporal dentro de la defensa de los derechos de los usuarios del sistema, tratando de que se retire o rectifique profundamente el proyecto de Real Decreto».

Para ese viaje no es menester alforjas

¿ por qué no hay que aceptar el nuevo Real Decreto sobre la Incapacidad Temporal?

Porque:
  • Se reconoce la centralidad de las Mutuas patronales en sistema de gestión de la prestación, en el cual la Inspección sanitaria autonómica, el INSS y los propios servicios autonómicos de salud pasan a ocupar una posición marginal
  • Se establece hilo directo  entre las Mutuas y el Director del centro de salud, a efectos de propuestas de alta a contestar en 5 días   (y si no el alta)
  • Dados los intereses económicos en juego, se sugiere que los centros de salud pueden acabar «capturados» en la órbita de las Mutuas, que obrarían cual concesionarias
  • Se establece acceso directo y unidireccional de las mutuas a la historia clínica del paciente del centro de salud (a la recíproca no se plantea nada)
  • A cambio se mejora la burocracia administrativa, aunque de forma demasiado complicada y sin fundamento lógico

El tonto Simon

Ya hemos comentado en alguna ocasión y existe evidencia empírica que lo confirma, que uno de los males de la sanidad pública española es tener los dirigentes y/o gestores más tontos del panorama directivo español. La contrariedad mayor sin embargo no es ésta, ya estamos acostumbrados y lo llevamos con dignidad, lo peor es comprobar que este mal se contagia, o mejor dicho se multiplica. Comprobar que nuestros representantes y/o delegados, científicos o sindicales, son también bastantes simples, nos llena de estupor.

Es lo que sentimos cuando leemos los parabienes con la que ha sido recibida la reforma en la gestión y el control de los procesos por incapacidad temporal (IT) por parte de supuestos representantes de los médicos de atención primaria. Mostrar “satisfacción” con el proyecto de Real Decreto de IT muestra una más que manifiesta miopía e incapacidad de ver más allá en la importancia que tiene este componente en nuestro trabajo y en el sistema sanitario en general. Es también patético ver la lucha por apuntarse el tanto y la reivindicación de pionerismo de alguna comunidad autónoma.

SiToMenos mal que nos queda, además de Portugal, gente crítica e inteligente que a pesar de una rémora estatalizante e izquierdista evidente, saben poner un punto crítico y avisarnos de los más que virtuales peligros de esta reforma.  La Federación de Asociaciones de Inspección de Servicios Sanitarios (FAISS), ha emitido un comunicado que resumimos a continuación  para que nuestros representares y todo los trabajadores de atención primaria se den cuenta de que va en verdad, la “benéfica” reforma:

En estos últimos días, hemos tenido conocimiento en el seno de la Federación de Asociaciones de Inspección de Servicios Sanitarios (FAISS), de la existencia de un avanzado proyecto de Real Decreto (RD) destinado a regular determinados aspectos de la gestión y el control de la Incapacidad Temporal (IT). En general, consideramos que estamos ante un RD especialmente orientado a que las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social (MATEPSS), que gestionan cerca del 80% de la IT por contingencias comunes, sean las que dirijan esta prestación y actúen como autoridad de control de la misma, ignorando las propias competencias de los Servicios Autonómicos o Regionales de Salud (SRS) que conforman el Sistema Nacional de Salud (SNS), y actuando incluso por encima del propio Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) que, en algunos aspectos, también queda subordinado. Con esta circunstancia se pervierte el sistema, y quien debería ser controlado, se convierte en controlador.

El nuevo procedimiento propuesto no sólo no reduce la burocratización sino que la potencia, especialmente para el Médico de Familia o de Atención Primaria (MAP).  El sistema de grupos y tablas de duración que diseña el RD resulta complejo y confuso, y el número de informes es excesivo y redundante. Igual ocurre con la gestión de Propuestas de Alta directamente al Centro de Salud (CS) por parte de múltiples oficinas de diferentes MATEPSS (frente a un único interlocutor que representa la Inspección Sanitaria, actualmente) y que puede redundar en fuente de conflictos e inseguridad jurídica tanto para MAP, como para pacientes.

El proyecto está cargado de prejuicio de incompetencia hacia los MAP, generaliza una presunción de fraude por parte de los trabajadores, imputándoles la carga de la prueba de que siguen enfermos o la no justificación de las incomparecencias, en un recorte de derechos sin precedentes.  Con el único argumento, poco creíble, de ahorro de costes, se minoran las funciones de control y autoridad que viene ejerciendo sobre esta prestación sanitaria la Inspección de Servicios Sanitarios (ISS) del SNS, hasta casi ignorarla en su redacción. Este hecho supone, en la práctica, una desaparición y liquidación de funciones de la ISS, posiblemente irrecuperables en la gestión de la IT, en favor de las MATEPSS y su personal, que carece de la condición de funcionario o estatutario, y por lo tanto sin la posibilidad de ser considerado autoridad o agente de la misma.

Con la excusa del control de la prestación económica de la IT, se pretende liberar el acceso integral a la Historia Clínica Electrónica (HCE) para las entidades gestoras de aquélla: INSS, Instituto Social de la Marina (ISM), MATEPSS. Por el contrario, los MAP y la Inspección de Servicios Sanitarios no tienen acceso a los historiales de trabajadores de INSS y MATEPSS, siendo opaca para el SNS buena parte de la patología laboral de sus pacientes y el posible origen profesional de muchas contingencias comunes

Más información en Informe FAISS

En homenaje a el FORO y a la SEMFyC  por su extraordinaros esfuerzos y desvelos por representarnos

5+1: cinco buenas razones para no ir al médico si tienes gripe y una por la que no te queda más remedio

5 buenas razones para no ir al médico si tienes gripe

Del blog la pildorita 

Si es una persona sana (y no es una persona de edad avanzada, o con una patología crónica o está embarazada) recuerde que:
1.- Una vez que se contrae la gripe el tratamiento está enfocado no a curar la enfermedad, sino más bien a tratar de aliviar los síntomas que produce. «La única cura para la gripe es pasarla
2.- Si no existe complicación no es necesario que le prescriban antibióticos. La gripe está causada por un virus, no por una bacteria, por lo tanto los antibióticos no le curarán ni le aliviarán los síntomas.
3.- El mejor tratamiento para la gripe es descansar, beber abundantes líquidos, no tomar alcohol ni fumar, y tomar antitérmicos para bajar la fiebre (los habituales que todos tenemos en casa).
4.- Se estima que cada individuo afectado contagia el virus a una o dos personas. Si lo que usted tiene es gripe puede contagiar a más gente, y si por el contrario sufre un resfriado común el contagiado puede ser usted. Evite los locales cerrados o con aglomeraciones por ser lugares de fácil transmisión de la enfermedad.

5.- Se recomienda consultar al médico si transcurridas dos semanas persisten los síntomas gripales.

Todos conocemos bastante bien la gripe, pero por si a alguien le surge alguna duda esta infografía quizás pueda ayudarle.
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y una por la que no le queda más remedio:
Una estúpida y burócrata manera de organizar el  sistema de prestaciones de la incapacidad temporal, y la estulticia de su empresa, hacen que necesite  un papelito (justificante o baja) para certificar su enfermedad y que está imposibilitado para trabajar.
Además, si vive en la comunidad de Madrid, asegúrese de ir el mismo día (no importa que no tenga cita) que se pone malo, gracias unos probos funcionarios/as más tontos de lo habitual, no se pueden dar bajas con efecto retroactivo aunque sea un día, y si trabaja en fin de semana, la tiene clara , aunque vaya a urgencias no podrá conseguir el papelito, ni ese día, ni al lunes siguiente.