Information from Your Family Doctor

Leyendo la sección de información a pacientes de una conocida revista americana hemos recordado una información que (desgraciadamente) se debe dar en nuestro país, antes incluso que la relacionada con la propia enfermedad. Esta relacionada con el trabajo y como afecta a la actividad laboral contraer enfermedades leves, pero que le dejan a uno incapacitado, por un breve periodo de tiempo y muy propias de estas fechas invernales.

Si Ud. esta enfermo y no puede ir a trabajar durante unos días, puede necesitar:

  1. Nada más que el tratamiento, incluso no tendrá que ir al medico porque de sobra sabe como tratarlo. Enhorabuena, probablemente sea Ud. autónomo o trabaje en una empresa o en un pais, donde se fíen de Ud. y no necesite ningún documento que acredite su estado de enfermedad. Si es así , aproveche y agradezca la  confianza y no se empeñe el llevar el papelito «por si acaso».
  2. Un justificante de asistencia en sus diversas tipologías ( solo asistencia a consulta, con necesidad de reposo, reposo cuantificado en días, con hora de salida, con hora de entrada y salida, etc.). Este es «necesario» cuando la baja es igual o inferior a tres días, y por tanto la empresa no «necesita», o  no le requiere, la incapacidad temporal (IT). A la empresa le da igual desde el punto de vista económico; al fin y al cabo no le va pagar esos días (a excepción de lo contrario, vía convenio). Debería saber, que a pesar de estar muy extendido, el medico no tiene obligación legal de hacer ningún justificante y en muchos sitios como hospitales y centros de salud (libre de lobbies administrativos) no se hacen en la consulta, sino en áreas especificas o incluso lo puede dar una «maquinita».
  3.  Necesita la tramitación de incapacidad temporal. Esta se inicia por enfermedad común o accidente no laboral desde el 4º día de la baja, si bien una oscura interpretación de la norma hace que a veces las empresas puedan reclamar esta situación y sus correspondientes «papelitos» desde el primer día.
  4. Un estrafalario documento que indique que esta lo suficientemente malo para faltar a trabajar, pero no para estar de baja, siempre con el limite temporal de los tres días. Lo explicamos: Ud es funcionario o asimilado, con motivo de la crisis se han modificado la prestación económica en la situación de incapacidad temporal de tal forma, que ahora si se le descuenta dinero si Ud. falta a trabajar. Para compensar este problema ( común por cierto a las trabajadores del régimen general) no se sabe muy bien quien, se ha sacado de la manga un supuesto algo Kafkiano de «enfermedad o accidente que no den lugar a incapacidad temporal« *. Para estos casos, bastaría la presentación de un documento acreditativo en el que el facultativo refleje el tiempo que considere que la persona estará incapacitada para desempeñar su trabajo. El problema es que el facultativo NO tiene ninguna obligación de hacerlo y puede negarse a ello. La amenaza de los servicios de personal de aplicar los descuentos establecidos, como si se estuviera en situación de IT si no se presenta este documento, son fútiles.Si los de personal no cuentan con el documento de IT, solo le podrían acusar de faltar al trabajo si justificación, hecho que tampoco es cierto y puede demostrar  aportando el justificante estándar. Su médico de familia se lo va hacer en cualquier caso, una malentendida solidaridad  de clase funcionarial, un peor entendido sentimiento de buenismo hacia el paciente y estar acostumbrado a doblar la cerviz, hace que los médicos de familia pasen por cualquier cosa. No deberían, eliminar la burocracia inútil y que el medico trabajara para Ud. y no para la empresa y administración, redundaría en su beneficio, aunque tuvieran que reivindicarse medidas drásticas e incomodas inicialmente.

Como se dice literalmente: Las ausencias debidas a enfermedad o accidente que no den lugar a incapacidad temporal no serán causa de descuento en nómina, con el límite de cuatro días de ausencias a lo largo del año natural, de las cuales sólo tres podrán tener lugar en días consecutivos. Los denominados Catarrosos (de Catarro y Moscosos)

PD: Como no soy experto (ni lo quiero ser) en estas  lides de la IT puede que esta entrada contenga alguna inexactitud. Encantado que alguien nos corrija.

  1. Feliz 2014

    Apuntar que los moscosos no son usados como mocosos. Es decir son consecuencia del ministro Javier Moscoso y su posterior libre aplicacion y no de las afecciones bacterianas o viricas.

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  2. José Manuel Brea

    Otro galimatías typical Spanish. Además, ahora también hay «justificante de ausencia» (aparte del de asistencia), electrónico, por duplicado (empresa/trabajador) y válido por un día (no x 2 ni 3). Lo que no queda claro es si por este justificante en toda regla descuentan (me temo que sí). Y tanto tenebrismo normativo crea malestar.

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  3. Carlos Coscollar

    El gran problema es que, como dices Rafa, por buenismo, falsa solidaridad, ignorancia, comodidad, inercias, etc se siguen haciendo estos papeles y otros muchos. Por tanto, la responsabilidad está en quien tiene la ocurrencia de tal papel, pero tanta o más en quien lo asume sin el más mínimo gesto de contrariedad. A veces diría que con fruición. Incluso en comunidades donde se reguló el tema de la burocracia inútil e innecesaria, es práctica común seguir asumiéndola. La burocracia ocupa huecos en consultas. Los profesionales manifestamos rechazo en asumir estas tareas. Pero hay una disociación entre lo que manifestamos y lo que hacemos ¿habrá alguna ventaja en seguir así?
    Feliz Año

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