el culmen de la tentacion totalitaria
Artículo 2. Consenso y aplicación de los algoritmos de decisión terapéutica corporativos en la Agència Valenciana de Salut
1. Para las patologías donde se haya elaborado un algoritmo de decisión terapéutica corporativo, la prescripción o indicación de los tratamientos farmacoterapéuticos seleccionados se deberá realizar, sin excepción, mediante el sistema de información ambulatoria de la Agència Valenciana de Salut (Abucasis-Gaia) en el ámbito ambulatorio, tanto para los medicamentos de dispensación en oficina de farmacia como para los medicamentos dispensados en las unidades farmacéuticas de pacientes externos.
Los medicamentos no incluidos en los algoritmos de decisión terapéutica corporativos para una determinada patología se prescribirán como excepción terapéutica, justificando sus causas y quedando contabilizado y registrado en el sistema de información ambulatorio de la Agència Valenciana de Salut.
2. La Agència Valenciana de Salut adoptará las medidas de gestión necesarias para garantizar el cumplimiento de la prescripción en base a los algoritmos de decisión terapéutica corporativos y gestión de las excepciones terapéuticas mediante procesos mecanizados e informatizados que permitan la asistencia médica y los procesos de autorización de excepciones.
3. El arsenal de algoritmos de decisión terapéutica corporativos se conformará por las evaluaciones de las patologías protocolizadas y residirán en la sede electrónica de la Agència Valenciana de Salut. El criterio de priorización y elaboración de algoritmos de decisión terapéutica corporativos se establecerá en función de la reducción del impacto presupuestario de medicamentos y productos sanitarios en términos absolutos en la Agència Valenciana de Salut.
4. Los algoritmos de decisión terapéutica corporativos se elaborarán con la participación de profesionales expertos en evaluación de medicamentos y farmacoeconomía que conformarán el Comité de Posicionamiento Terapéutico. La Agència Valenciana de Salut designará tanto a los componentes del Comité de Posicionamiento Terapéutico como a los componentes de los Subcomités especializados en las patologías incluidas en el arsenal de protocolos. A los efectos del presente Decreto ley, tendrá consideración de Subcomités especializados los constituidos dentro del programa de medicamentos de alto impacto sanitario y/o económico.
5. Los algoritmos de decisión terapéutica corporativos se aplicarán al día siguiente de su consenso y, en su caso, publicación en la sede electrónica de la Agència Valenciana de Salut. En el plazo de 90 días se deberá revisar, por los facultativos de la Agència Valenciana de Salut, la armonización entre los tratamientos pautados a los pacientes y el esquema terapéutico del algoritmo de decisión corporativo publicado.
¡Qué sinvergüenzas! Esperemos que la OMC tome cartas en el asunto…
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Parece ser que con la premisa del ahorro, todo vale…
En fin, nos iremos preparando, porque ya se sabe que «cuando las barbas de tu vecino…»
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Si siguen así el paso siguiente será la máquina expendedora….. 1.- Marque sus síntomas… 2.- Introduzca su patología 3.- retire su prescripción…. ¡Su receta Gracias!!!
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Aunque podemos estar de acuerdo en que hay que profundizar en la prescripción más racional, más prudente y más eficiente, en función de la evidencia disponible, parece que los gestores valencianos han tirado por la calle de atacar la libertad de los profesionales, impidiendo la valoración del contexto personal de cada pciente, incluida la relación médico-paciente. Esto siempre es más fácil que implantar iniciativas de difusión de la evidencia, de guías de practica, de información al paciente para la toma de decisiones, etc en la linea del NICE
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Como en la «mili» antigripales del ejército para todo y todos!
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La AVS adoptará las medidas de gestión necesarias para garantizar el cumplimiento de la prescripción…
¿Y ésto afectará también a los especialistas y hospitales?. Eso quiero verlo.
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Dos normas. La primera que se hace lo que yo diga y la segunda es que ante duda, siempre se remite a la primera norma. Algo constitucional, votado y acatado. El que se salga de algo, expediente, martirio y cruz. Algo a lo que ya estamos casi «acostumbrados» en Andalucía. Lo de las barbas de tu vecino es de máxima aplicación…..
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Brillante Maky
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Disiento contigo, Rafa. Por desgracia no es brillante; tan solo ES REAL…. Saludos y de nuevo mis felicitaciones por lo dicho.
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Un paso de tuerca más. De no dejar elegir la marca de un principio activo del que solo existe una marca o varias, pero ningún genérico, o no dejar poner el apellido a un principio activo para evitar un cambio constante de marca de EFG, lo siguiente es implementar un algoritmo que establezca ante un diagnóstico concreto el producto a recetar.
Y temo que al igual que con lo anterior la indiferencia fue total, y el comentario ingenuo era ¡¡ no nos dejan recetar marcas !!, en este caso en vez de la rebelión lo que oiremos es un ¡¡ es el ordenador el que dice lo que tiene usted que tomar !!. Esto lo hace ZP y se montas un dos de Mayo.
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e equivocas los acólitos ZP lo hacen desde hace tiempo,es ventaja de tener Autonomías variadas
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Me refiero que los acólitos de ZP, como tu los llamas, montan esto en Valencia y se arman las fallas. Y resulta que la sanidad valenciana es gobernada desde 1975 por los mismos y desde la misma fecha que la gobiernan en Madrid.
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Viva la libertad…en todos los sentidos. A nivel sanitario estan destruyendo todo aquello por lo que hemos trabajado. Personalmente no tengo palabras para expresar la decepción, la tristeza y el desánimo que la noticia me produce. No sé a donde podemos llegar con estos ineptos que tenemos para, supuestamente, gobernarnos. Por el camino en que van pienso que no les vamos a ser necesarios y que no muy tarde nos sustituiran por maquinitas en las que los pacientes introduzcan su moneda para el diagnóstico y salgan ya con el tratamiento y todo solucionado. Uff…que futuro nos espera
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Las mutuas me tutelan las ILT, los farmaceuticos adoctrinados de los distritos me dicen lo que tengo que recetar, tengo que cubrir las ausencias por enfermedad y permisos de mis compañeros, volvemos a 50-60 pacientes dia (uno cada 5 minutos con los consiguientes problemas de seguridad para el paciente), nos reducen el sueldo el 35%. Pero si la calidad de la atención es deficiente o cometo un error medico, todos se lavan las manos y estoy solo ante mi responsabilidad como medico, que es individual e intransferible. Si tengo que asumir las consecuencias de mis decisiones , prefiero equivocarme solo. Asi que deberiamos ir pasando de todos.
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las mutuas me tutelan las IT , los farmaceuticos me dicen lo que tengo que recetar , 50 a 60 pacientes x dia nos reducen el sueldo y nuestro colegio donde está, se le espera ?o va a seguir a rueda de la administracion
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..-Completamente de acuerdo con pacoatienza
– No comprendo el derrotismo de todos los comentarios. ¿Vamos a tolerar que nos tomen por idiotas?, ¿Cuando vamos a empezar a movernos? ¿Tenemos que esperar a que otros se muevan?. El Decreto Ley 2/2013 de la Generalitat Valenciana, es desde sú Preámbulo impugnable por incostitucinal, unamosnos y exijamos su derogación total o al menos del Capítulo I de . Y mientras esperamos la resolución podiamos pasarles los pacientesn al Comité de Posicionamiento Terapéutico y que receten ellos.!!.No en mi nombre !!
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